«deys orden fauor e manera que los ditos jutges segund la suso mencionada commission citadas las partes e aquellas diligentment oydas sin comport alguno en esto ministren expedita justicia. E lo por ellos sentenciado e declarado executeys e fagays executar ad vnguem sin esperar de nos otro mandamiento o consultacion. D·esto vos auisamos nos complazereys tan assenyaladamente como de qualquiere otra cosa que por nos al present fazer pudiesseys. E sea serenissimo rey nuestro muy caro e muy»