«vltimamente hauemos visto y comprendido la carta requisitorja e monitorja por aquel fecha y embiada a vos y al canceller y rigient cancellerja. E como quiere que creemos el dicho jnquisidor tuuo alguna razon de fazer aquella porque en la verdad otro orden se pudiera dar a·los principios a que la persona del dicho Ruiz stuuiesse mas segura o con mayores fianças. Empero todauja nos ha desplazido de·la monicion a vos endreçada porque quisieramos como era razon»