«e ypothecados por los ditos don Miguel et don Johan Gilbert et todo el dreyto de ypotheca e otro qualquiere con las acciones mias et a·mj pertenecientes et pertenecer podientes et deujentes en·los dichos castillo et lugares de Palma e Ador e casas suso ditas et conffrontadas e bienes otros e censales e qualquiere d·ellos por virtut de·la capitulacion de concordia por la qual siquiere de la qual surtieron los actos fechos e concordados acerca de·la compra»