«part que podiessen hauer et alcançar en mjs bienes. Item de todos los otros bienes mjos assi mobles e sedientes como por si moujentes como por casas casales huertos ortales vinyas campos et heredades sitiados e stantes en la dita villa de Pina assi en la vega como en los montes e termjnos de aquella threudos censos e cubas et qualesqujere otros bienes nombres dreytos deudos e acciones que yo he e hauer puedo e deuo e a mj conujenen»