«sobredito o de otro o otros qualesquiere hauientes drecho causa o deppendencia de mi vos seran puestos mouidos o jntemptados siquiere sia fecho el dicho acto tracto o contracto antes de·la vendicion a·mj dicho Johan de Coloma de·los dichos castillo villa e lugares et otros bienes que a vos suso vendo por los dichos nobles don Miguel et don Johan Gilbert fecha siquiere apres. Et encara a·euiccion et legitima deffension de qualquiere pleyto mala voz empacho embargo contrast jmpediment»