«de·la dita comunjdat seran stados deposados en poder vuestro o en vuestra corte el dito mossen Johan quiera hauer e cobrar aquellos como es de razon dezimos e mandamos vos dius pena de mil florines d·oro d·Aragon de vuestros bienes si el contrario faredes hauedores que si alguna otra cosa en contrario legitimament no obsta vista la present dedes e paguedes al dito mossen Johan o a procurador suyo los ditos seys mil soldos de reales en poder»