«precio que a de vender o si el gauellador s·en deterna aquella haya de dar a·rreconocer al dito bedin et sia tenido tener medial en el cillero do vendra vino y qualquiere vendedor o vendedera non sea ossado tener agua alguna en·el cillero do vendra el vino todo jus pena de cient sueldos por cada vegada la meytat para·l senyor rey la meytat para a·la aliama. § Capitol de·los cilleros. § Item ordena la aliama»