«e vendidos sumariament a·vso et costumbre de cort et de alfarda orden de drecho o de fuero no obseruado e·doquiere que por·la dicha razon se vendan nos dichos vendedores e·cadauno de·nos en·los nombres qui desuso agora por·la ora nos constituymos fianças e principales vendedores. E queremos e expresament consentimos que fecha o no fecha discusion alguna en nuestros bienes et de cadauno de nos en·los dichos nombres e de·los dichos concellos»