«suspension de·los diputados y oydores se deue fazer en caso de mutacion y la creacion de·los que nombraremos. Y avn nos direys los que vos parece que deuemos nombrar en el dicho caso. E de todo lo al que vos occorrera sobre aquesta materia assi en caso de hauer se de poner en pratica como de dexar la de presente si os parecera nos dareys entero auis. E sia etcetera. Dada en el nuestro real»