«vos el señor don Blasco de Alagon señor qui soys agora de·la dicha villa. Attendient et considerant que por causa de algunas diferencias que entre vos dicho señor don Blasco et mi hubo apres de·la muerte del dicho señor don Artal padre nuestro fecha fue cierta concordia e capitulacion entre nosotros por vigor de·la qual vos ensemble con·los jurados concello e vniuersidat del lugar vuestro de Alcubierre me vendisteys dos mil sueldos censales pagaderos en cadahun anyo por»