«lo contenido en la dita clamada demanda. E el dito Aharon Far se debe condemnar en las espensas. E ad aquesto no obsta lo que se dize que el dito Aharon Zarfati auia feyto vendicion antes del el conpromis al dito Selomo Zarfati que no lo a feyto renunciar etcetera. E esto por quanto posado caso que fuesse verdat no era necessario ni menos constreyto a fazer lo el dito Aharon e Selomo Zarfati por quanto ellos mismos eran los firmantes e»