«del añyo .cccc.viij. § Item recibio el dito bayle por·los marquos de·las arrendaciones sigujentes las quales fueron arrendadas en·el sobredito añyo .cccc.xij. Primerament por·el almodj peage e peso de Çaragoça e almodj peage e peso de Alagon e por·el peage de Gallur los quales fueron arrendados a Johan d·Urroz mercader habitant en·la dita ciudat por·el dito tiempo de vn añyo e por precio de .xix. mil sueldos que son .v. arrendaciones de cadauna .lx.»