«de brega o bollicio dius pena de diez sueldos de·los bienes del contrafazient hauedera et diuididera en·tres partes. la vna al señor rey. la otra para la ciudat et la otra para el acusant. La qual pueda seyer demandada por·el procurador de·la ciudat o por·el procurador fiscal del señor rey. La qual ordinacion queremos que dure por tiempo de cinquo años contaderos del present dia adelant »