«no pueda remeter o relaxar algunas penas. En·las quales por contrauenir a·las sobredichas constituciones e al tenor de aquellas. los officiales desuso dichos o qualesquiere otra persona haura encorrido ante aquellas dexen demandar acusar et exhigir por aquellos qui pertenecen juxta el tenor de·las djtas ordinaciones e·constituciones.§ De·los molineros carriasaquos e moler e pesar los panes.§ Por tal es jmplicitament ordenado por·el señor rey don »