«que a·la bolsa e collocacion d·aquj·adelant fazedera de almutaçaff no pueda alguno seyer promouido sino que en·la bolsa de jurado haya seydo collocado e en·aquella aturado por tiempo de dos años contaderos del dia que y haura seydo collocado. a·la qual bolsa de almutaçaff no pueda seyer promouido en vn año mas de vno. E cadauna de·las bolsas de pesadores de almutaçaff veedor de »