«de·las ditas guardas.§ Item. De·la pension que hayan como es ordenado. Plaze al señor rey.§ Que en·los officios del çalmedina jutge assesor et guardas no puedan cauer padre e fillo vn anyo apres otro.§ Item. Que en alguno de·los ditos officios çalmedina jutge asessor guardas no puedan continuar se en·los ditos officios jnmediatament de padre en fillo et en conuerso nj de hermano en hermano. Plaze »