«jutge de menores causas sia tenido tener judicio todos dias jurjdicos manyana e tarde.§ Item. Que el dito jutge sea tenido de·tener judicio todos dias juridicos mañana e tarde exceptada la hora que el çalmedina tendra cort. Plaze al señor rey.§ Que el dito jutge haya a vacar tres años.§ Item. Que el dito jutge haya de vacar tres años. Plaze al señor rey que·se serue en aqueste lo »