«seyer promouido al officio de jurado si ad·aquesto digno trobado sera haya de seyer collocado primero a·la bolsa de jurado quarto e qujnto. En·la qual bolsa no puedan seyer en vn año collocadas mas de dos personas. E si alguno querra seyer promouido e puyado de·la dita bolsa de quarto e qujnto jurado a·la bolsa de jurado tercero no·lo pueda seyer sino que en·la »