«sian feytas cedulas de pargamjno en·do sean scriptos los nombres de·los ciudadanos que demandan seyer nuebament admesos a·los ditos officios o promouidos a mayor grado que antes eran. E aquellos que seran competidores de vn mismo officio o de acension de vn grado a otro si tales end·i hauia e mas del numero que segunt las presentes ordinaciones puedan seyer admesos et promouidos. sian puestos en redoljnos »