«obtener. nj pueda alguno de aquellos officios obtener con·el officio de consellero nj pueda seyer asumpto a·consellero el·que el año mas cerqua passado lo haura seydo. Antes queremos que entre la vna conselleria e·la otra haya a hauer vn año a·lo·menos de vacacion. E assi mesmo que·los aduocados de ciudat e de pobres e procurador de aquella e de pobres no puedan seyer asumptos »