«Del veedor de carreras.§ Item. Que haya de pension dozientos cinquenta sueldos con·la part de·las calonias solament. Plaze al señor rey.§ Del scriuano de·los jurados.§ Item. Que el que sia electo o criado a·la scrjuania de·los jurados sea tenido dar quatrozientos florines para el publico de·la ciudad. E que mas empero no s·ende pueda hauer. Plaze al señor rey.§ Que el dito scriuano no »