«de aquellos ciudadanos e vezinos los bienes de·los quales valen de cinquo mil e cincientos entro ocho mil sueldos. La septima de aquellos los bienes de·los quales valen de ocho mil entro a diez mil sueldos. La ochena mano de aquellos los bienes de·los quales valen de .xM. entro·a .xijM. e cincientos sueldos. La nouena de aquellos los bienes de·los quales valen de dotze mil e »