«sino que el o su padre o madre con·el hayan contribuydo los ditos cinquo años contado el tiempo de·la contribucion del padre o madre con·el tiempo que el dito fillo sus bienes distintos tenido et pagado compartidamente haura.§ De missageros.§ Item. Que el feyto de·los missajeros este la ordinacion del señor rey don Fernando excepto que en·cortes generales puedan los misajeros demandar officios por·los ciudadanos »