«E luego vn verguero del çalmedina e vn andador de·los jurados fagan venir las ditas tres personas. las quales sean apartadas en vna casa o cambra de·las casas comunes de·la dita ciudat do con algun otro no puedan fablar. E si algunas de·las ditas tres personas no s·en poran hauer por absencia o enfermedat saque el dito njño otra copeta del dito bacin del qual no »