«jnhabil al segundo officio pora aquel año. E sia sacado de·la bolsa de do fue sacado el redoljno segundo otro redoljno el salljmiento del dito primer redoljno no obstant pues aquel fue frustrado de effecto. E aquesto mesmo queremos sia obseruado en·el mayordomo. el qual deue dar fianças en sixanta mil sueldos que si·no dara las ditas fianças el dia sigujent apres que sera declarado el dito officio »