«rey pueda dar el officio del acessor a·su beneplacito a ciudadano o vezino de·la dita ciudat e vaya a·prestar la jura en·las casas del puent en poder del çalmedina presentes los jurados et dar fianças. Plaze al señor rey de·la jura e que jure expressament en manera alguna encara con licencia no poder conuocar en·la cort del justicia de Aragon en causa alguna qui de »