«jurados ordenaran. Los quales ditos crjmjnes hauran cometido e puedan assi mismo jmposar pena pecunjarja a·los occultantes e receptantes scientment e·no dexalantes los ditos crjmjnosos. Las quales pecunjas assi prometidas por los ditos jurados cumplidas e purificadas las condiciones por las quales seran prometidas sian realment et de fecho sin alguna dilacion pagadas. La qual ordinacion queremos que dure por tiempo de cinquenta años contaderos del present dia adelant »