«los conselleros son tenjdos et dius aquella misma pena. sino que por·los jurados o por·la mayor partida d·ellos haya licencia el que no·y vendra. la qual licencia no pueda dar o atorgar sino que finquen tres de·los jurados. los quales puedan tener e desempachar el dicho capitol e·consello.§ Pena a·los jurados e conselleros que·no seran en capitol e consello el dia de·la »