«diuididera et exhigidera segunt desuso.§ Como el notario de·la ciudat deue jntimar al procurador fiscal las penas jncorridas.§ Item. Statujmos e ordenamos que el notario de·la dicha ciudat sia tenido jntimar al procurador fiscal todas e cadaunas penas en·las quales las personas desuso dichas hauran encorrido por contra fer a·lo a·ellos et a·cadauno d·ellos por tenor de·los ditos capitoles siquier ordinaciones jnjunto. »