«los del poder les tachen compartimjento por cinquo años segunt sus facultades.§ Item. Que·los que no son casados o no han tenido muller no sian jnsaculados.§ Item. Que sian feytas dos bolsas vltra las sobreditas concordadas. La vna de pesadores de lanas e la otra de pesadores de çafran.§ Item. Pareceria deua seyer estatuydo que alguno no pueda seyer jnsaculado en mas de dos bolsas pero no·se entienda en·»