«que demandan seyer nuebament admesos a·los ditos officios o promouidos a mayor grado que antes eran. E aquellos que seran competidores de vn mismo officio o de acension de vn grado a otro si tales end·i hauia e mas del numero que segunt las presentes ordinaciones puedan seyer admesos et promouidos. sian puestos en redoljnos de cera de vn mesmo peso color e forma e aquellos puestos en vn »