«dito officio e que de aquella salgan cadaun año seys pesadores del dito pex e·que otro alguno no sia osado pesar el dito pex sino aquellos. Los quales hayan de vaquar dos años.§ Del veedor de carreras.§ El officio de veedor de muros y de carreras por experiencia es visto no seyer bien seruido. por quanto es cargo suyo de sacar o fer sacar las jnmundicias de·la dita ciudat. »