«segunt del grano que sera. haya a·manifestar a·los compradores et vender·la por su part. et qui el contrario fara pague de pena por cadauna vegada vinte sueldos.§ Que·la farina que se vendera sia leal e bien molida.§ Item. Que todo molinero o otra persona que molera pan alguno en·los ditos moljnos sia tenido jurar en cadaun año em·poder de·los jurados o de·la mayor »