«que en aquellas mas con verdat hi·trobaredes del qual siades tenjdo dar e pagar a·mj o a·los mjos en aquesto successores la dezena part e aquesto tantas vegadas quantas las ditas casas se venderan o por precio se alienaran por razon del loysmo. Et con aquesto quiero que vos ditos conjuges o los vuestros en aquesto successores hayades possidades e spleytedes las ditas casas e vaxiellos desuso mencionados por vuestras e como vuestras con todas sus entradas»