«los hayan la dezena part menos del precio verdadero que algun otro hi dara. E si en nosotros o en ellos retener no las querremos o querran que pasados los ditos diez dias de·la dita fadiga podades vender o alienar los sobreditos casa et corral contiguos a·quien querredes e por·el mas precio que hauer ende poredes. E del precio que en et de·las ditas casas et corral contiguos hauredes e recebiredes dedes et paguedes et»