«que los cauallos y mulas d·el tienen. Esto le pueden dar de mañana o quando quisieren. Y si .xxx. dias je·lo continuan engorda tanto que mas no puede. § Recepta .xiiij. § Daran vn quartillo o medio almut de fauas molidas siquier cascadas en aquella hora que mas quisieren o parte del dia: y quando pueda mas el cauallo comer de·lo dicho den le otro tanto segun lo que suffre el cuerpo suyo en tal»