«non le deues dexar caualgar mas avant de doze o quinze yeguas. Quanto a·los otros segun su fuerça. En espeçial deues guardar que el cauallo aya quatro cosas prinçipalmente. La primera que aya buena talla o forma. La segunda que aya buena color el su pelo o cabello. La terçera que sea de buenas costumbres. es a saber que non sea njn dresçador njn mordedor njn semblantes viçios. La »