«estas mismas con supplecion d·estas personas arrjba nombradas nos tornareys a remitir closas e selladas porque nuestra voluntat es que las dichas nominas sean secretas. E assi vos mandamos y encargamos que vosotros no lo diuulgueys a persona alguna antes lo tengays mucho secreto a·ffin que no se sepa quales son ni quales no son los jnsaculados. Pero por esto no entendemos que mediant juramento no podays encomendar a algun notario o scriuano que scriua los nombres»