«en·otra qualquiere manera contescera no seyer pagados a vos dicho comprador o·a·los vuestros en·aquesto succesores los dichos setecientos y cincuenta y siete sueldos y dos dineros jaqueses censales rendales e annuales o partida alguna de·aquellos cadaun anyo en·el dicho termino o en su caso perder aquellos e·la propriedat e principal suert de·aquellos en todo o en part que en·los dichos casos e·qualquiere d·ellos vos dicho comprador o·los vuestros en»