«mas que fuesse priuado alguno o consejero suyo y zizañador a quien el rey demasiado creyesse: y si remediar quiça no quisiesse lo que tan de juro tenido era y por juramento solempne se hauia a ello obligado: se apeldauan d·el para contra el: como la viuda griega lo fiziera con el rey Phelippo de Maçedonia y la viuda romana con el sancto padre de Roma: que la vna se apeldo del rey Philippo del conuite»