«de·la una part et los officiales et hombres de·las ditas villya et aldeas o su procurador de·la otra en et sobre·l dito dreyto de leuar et exhigir los ditos dreytos de coçuelos fue por los ditos judges aplicado et incorporado en·el dito patrimonjo real. Arnaldus del Calbo notarius. § Item fue aplicado et incorporado por los ditos judges en el dito patrimonio real el peso de·las ditas salinas del almodi de·la sal de·la ciutat»