«e en especial sobre los dichos tres mil sueldos censales en·los presentes capitoles mencionados e especificados et designados la qual firma e obligacion quieren haya lugar en·caso que los dichos vintecinquo mil sueldos constara hauer cobrado de·las pensiones ariba especificadas el dicho senyor don Pedro. Item es concordado entre las dichas partes que todas las quantidades e pensiones del dicho censal deuidas fasta la present jornada e·que oy se deuen toda ora e·quando se cobraran»