«aquel ligar ni absoluer.§ Capitulo .iiij. en·el qual se notan ocho casos: en·los quales puede hombre confessar se a otro: y no al propio sacerdote: sin pedir le, o hauer d·el licencia.§ Nota segun Pedro de Palude ocho casos: en·los quales se puede vno confessar con otro sin licencia del propio sacerdote: los quales pone Ostiensis en su Suma. El primera es por indiscrecion del propio sacerdote. e debaxo»