«confessor. E en·este caso dize Hostiense: que luego en esse punto el derecho le da licencia de ir a otro. Mas otros dizen que en aquel caso deue pedir licencia a el, o al superior. ca el capitulo Omnis dize: que el que se quisiere por alguna justa causa confessar con otro: deue pedir licencia a su propio cura. E puesto que algunos entiendan esto e lo limiten: saluo si»