«luego en esse punto tienen licencia de confessar se: pues no pueden dignamente ir camino sin confession. E si sobreuiniere la pascua pueden comulgar por la misma licencia e pueden ser absueltos de·los casos obispales: ca el obispo en aquel caso es visto dar les licencia de·los casos obispales: assi como el cura de·los parrochiales. E si los mercaderes no tuuiessen en parte alguna domicilio: e siempre fuessen»