«assigna Pedro de Palude: diziendo: que ninguna confirmacion abasta a fazer valido el sagramento: que en·el principio fue ninguno. ca ninguna confirmacion puede valer sino la del sancto padre: en los sagramentos. porque el solo puede mudar la solemnidad de aquellos: assi como la yglesia dedicada por el que no es obispo: con sola confirmacion del papa: es estimada reconciliada. Empero en los sagramentos no puede valer porque no los puede el»