«se compara al mandamiento: quando dende·l principio por solo mandamiento la cosas se puede tractar. empero no ha lugar esto quando desfalesce la essencia del sagramento. ca entonces todo se deue tornar, e de essencia de·la absolucion: es el poder de·la jurisdiccion. el qual poder no tiene hazia·l tal: porque ponga la sperança en la confirmacion.§ Capitulo .v. quien puede encomendar: e quien no el oyr las»