«por officio como de priorado: o rectoria le seria annexo el confessor y entonce seria quasi ordinario. paresceria empero que no expiraria assi el poder del delegado: descomulgado el delegante: o suspendido: como muerto: o priuado porque en·el primer caso: el encomendo: se retiene la jurisdiccion: haun que no el vso d·ella. mas en·el segundo ni se retiene lo vno: ni lo otro. E para que el»