«casos reseruados a·los obispos: empero los curas pueden absoluer de todos los ocultos: que no son reseruados por derecho a·los obispos e no son directamente: o indirecta vedados a los sacerdotes. E assi puesto que los obispos puedan reseruar ciertos casos: que de derecho pertenescen a los inferiores. Empero no lo pueden fazer esto indistinctamente: saluo en dos casos segun Guillermo. el vno directamente. quando algunos fueren tomados en»