«segun Guillermo. el vno directamente. quando algunos fueren tomados en crimen tal: que meritamente deuan ser priuados de·la tal potestad. El segundo indirectamente: quando acahesciere. algun caso: en el qual conuienga a la vtilidad comun: que se retenga aquel caso: e no en otra manera. E no conuiene: no es expediente a la vtilidad comun reseruar se tantos casos. ca es poner lazos en la carrera de·la saluacion. E»